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En California, los empleados suelen tener derecho a cobrar por el tiempo dedicado a la formación antes de empezar a trabajar, siempre que la formación esté relacionada con el trabajo y sea exigida por el empresario. Las leyes laborales de California son estrictas a la hora de garantizar que los trabajadores sean compensados por todas las horas normales de trabajo que pasan dedicados a actividades exigidas por su empleador. La formación no remunerada puede ser ilegal.
Retribución por formación según la legislación de California
El Código Laboral de California y las Órdenes Salariales emitidas por la Comisión de Bienestar Industrial (IWC) estipulan que los empleadores deben pagar a los empleados por todas las horas trabajadas. El tiempo de capacitación califica como "horas trabajadas" si la capacitación es:
- Formación obligatoria: Si la empresa exige que asista a la formación, el tiempo debe compensarse. Por ejemplo, si debes completar una formación para seguir desempeñando tu trabajo o para optar a un ascenso, debes cobrar por ese tiempo.
- Relacionado con el trabajo: Si la formación está directamente relacionada con sus funciones laborales o con las operaciones de la empresa, suele estar incluida en el tiempo de trabajo remunerado. Esto podría incluir el aprendizaje de un nuevo software, la asistencia a seminarios de cumplimiento u otro trabajo productivo durante las horas de trabajo regulares de un empleado.
- Durante el horario laboral: Aunque la formación tenga lugar fuera del horario laboral habitual, si es necesaria o beneficia directamente a tu rendimiento laboral, los empresarios siguen estando obligados a compensarte por la formación adicional.
Formación voluntaria frente a formación obligatoria
Los programas de formación o seminarios voluntarios a los que asisten los empleados fuera del horario laboral, especialmente si no están relacionados con sus funciones, no requieren remuneración para el empleado. Sin embargo, la formación debe ser realmente voluntaria. Si un empleado se siente presionado o si hay alguna expectativa indirecta de que asista, esa formación podría seguir siendo indemnizable.
Reembolso de gastos
Además de recibir una remuneración por el tiempo dedicado a la formación, los empleados de California suelen tener derecho al reembolso de los gastos relacionados con la formación obligatoria, como las tasas de los cursos, los materiales o los gastos de viaje, en virtud del Código Laboral de California, sección 2802. Los empleadores deben cubrir estos gastos necesarios incurridos como parte del trabajo, incluida la formación relacionada con el trabajo.
Remuneración por formación
En California, los empleados suelen tener derecho a cobrar por el tiempo dedicado a la formación durante el horario laboral normal, en virtud de la estricta legislación laboral diseñada para proteger a los trabajadores. La legislación de California, concretamente el Código Laboral de California y Órdenes salariales de la Comisión de Bienestar Industrial (IWC)obliga a los empresarios a compensar a los empleados por todas las horas trabajadas, lo que incluye el tiempo dedicado a la formación, si cumple determinadas condiciones.
En California, el salario de formación debe ser al menos el salario mínimo por el tiempo dedicado a la formación obligatoria relacionada con el trabajo. El salario mínimo del estado en 2024 es de 16 dólares por hora, aunque puede ser superior en determinadas ciudades o condados debido a las leyes locales sobre salario mínimo.
Si la formación está relacionada con el trabajo y es exigida por la empresa, se considera tiempo compensable, lo que significa que los empleados deben cobrar su salario habitual o el importe de las horas extraordinarias, si procede. Por ejemplo:
- Si un empleado no exento (por horas) trabaja más de 8 horas al día o 40 horas a la semana, incluido el tiempo dedicado a formación, debe cobrar las horas extraordinarias por esas horas extra a 1,5 veces su salario habitual.
- Los empleados exentos (asalariados) no reciben remuneración adicional por formación, ya que cobran un salario fijo independientemente de las horas trabajadas.
Además de pagar la tarifa horaria correcta por el tiempo de formación, es posible que los empresarios también tengan que reembolsar a los empleados los gastos necesarios en los que incurran durante la formación obligatoria, como viajes o materiales, en virtud del artículo 2802 del Código Laboral de California.
Es esencial que los empleados conozcan sus derechos en relación con el pago de la formación para asegurarse de que reciben una compensación justa de acuerdo con las leyes laborales de California. Si un empleador no paga la formación obligatoria, el empleado puede tener derecho a salarios atrasados u otros recursos legales.
¿Es ilegal no cobrar por formación? - FAQ
¿puede mi empleador obligarme a hacer formación en mi tiempo libre? Si la formación es obligatoria para el trabajo de un empleado, la empresa está legalmente obligada a pagar a un nuevo empleado o a un empleado actual por el tiempo dedicado a la formación. Si la formación se realiza fuera del horario laboral, los trabajadores también pueden tener derecho al pago de horas extraordinarias.
¿qué debo hacer si mi empresa se niega a pagar la formación obligatoria? Si su empleador se niega a pagar por la capacitación obligatoria, usted debe ponerse en contacto con un abogado de derecho laboral para que pueda ayudarle a obtener el pago por asistir a la capacitación obligatoria. Los abogados de Lawyers for Justice, PC ofrecen consultas gratuitas.
¿reciben remuneración por el onboarding? Los empleados deben recibir una remuneración por la incorporación si ésta es obligatoria o está relacionada con las funciones específicas de su puesto.
¿se paga a los empleados por hora por la formación? Sí, las leyes de salarios y horas de California expresan que los empleadores pagan a todos los empleados por hora no exentos por asistir a los entrenamientos obligatorios de la empresa.
¿es legal la orientación no remunerada? El tiempo que un empresario te obliga a pasar trabajando, aunque aún no estés "siendo productivo", debe ser remunerado. Esto incluye el ponerse y quitarse la ropa, la orientación y la formación. Si no te pagan, te están robando tiempo al negarse a pagarte.
¿es obligatoria la formación remunerada? Según la ley de California, el empresario tiene que pagar el tiempo que el empleado dedica a la formación más el coste de la propia formación.